Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (artículo 19)
- Carácter excepcional.
- Su finalidad es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda.
- Se establecerá a través del Plan Individualizado de Atención (PIA).
- Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del beneficiario.
- El cuidador será dado de alta en la Seguridad Social y se incorporará a programas de formación, información y descanso.






